Lo que
Usted necesita saber sobre el
“Régimen
Simplificado para Pequeños Contribuyentes"
primera parte
El MONOTRIBUTO es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes.
Consiste en un tributo integrado de cuota fija que tiene 2
componentes:
1. Impuesto integrado,
establecido por categorías determinadas sobre la base
de:
- Ingresos brutos obtenidos según facturación,
- Superficie afectada a la actividad,
- Energía eléctrica consumida,
- El monto de los alquileres devengados
2. Cotización previsional fija, que son los aportes de jubilación
y de obra social.
¿QUÉ COMPROBANTES DEBO EMITIR SIENDO MONOTRIBUTISTA?
Por las operaciones de ventas y/o servicios que realice deberá
emitir facturas tipo “C”.
Asimismo deberá tener exhibido en un lugar visible, su constancia
de inscripción en el Régimen de Monotributo.
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SI ESTOY INSCRIPTO EN EL MONOTRIBUTO
¿PUEDO TENER EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA?
¿PUEDO TENER EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA?
Si, pero deberá ajustarse a los requisitos generales del Régimen
Nacional de Seguridad Social, es decir que deberá inscribirse como empleador y
efectuar las presentaciones de las correspondientes Declaraciones Juradas.
Mensualmente el empleador deberá presentar el formulario de
Declaración Jurada N° 931 informando la nómina de trabajadores contratados y
sus remuneraciones Percibidas.
Desde el inicio de actividad y cada 4 meses deberá anualizar los
ingresos
brutos obtenidos, la energía eléctrica consumida y, de
corresponder, el monto de alquileres devengados, y, considerando estos
resultados, verificar si la categoría en la que se encuentra es la correcta.
En el momento de la presentación del formulario N° 460/F y la
documentación mencionada precedentemente se procederá a efectuar el registro de
sus datos biométricos (foto, firma, huella dactilar) y el escaneo de su
documento de identidad.
Recuerde que previamente a la adhesión al régimen de MONOTRIBUTO
deberá efectuar los siguientes trámites por Internet:
deberá efectuar los siguientes trámites por Internet:
- Aceptación de los datos biométricos:
- Declaración de la/s actividad/es económicas que realiza (Deberá
Ingresar con su “Clave Fiscal” al Servicio “Sistema Registral” opción “Registro
Tributario” ítem “Actividades económicas”.
Podrá consultar los códigos de actividades a consignar en el sistema.
Allí deberá declarar el código correspondiente a su actividad
principal (aquella que le reportará mayores ingresos) y las secundarias. Para
la codificación a utilizar deberá consultar el “Codificador de Actividades”
—Formulario Nº 150— aprobado por la Resolución General Nº485.
Monotributistas obligados a cumplir con la presentación de la declaración jurada informativa cuatrimestral
Pequeños contribuyentes que, a la finalización del cuatrimestre
calendario al que corresponda la información:
a) se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L
(Podrá consultar la categoría ingresando a la constancia de opción al régimen);
o
b) revistan la calidad de empleadores cumplan o no la condición
señalada en el punto a).
IMPORTANTE: si un monotributista dejara de cumplir con las
condiciones por las que resulta obligado a presentar la declaración jurada
informativa cuatrimestral (las indicadas en el párrafo precedente), deberá
seguir presentando igualmente la declaración cuatrimestral por los 6
cuatrimestres siguientes al de la última declaración presentada.
Fuente:AFIP
Continuará...
Leo Socolovsky
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